Π§ΠΈΡ‚Π°ΠΉΡ‚Π΅ ΠΊΠ½ΠΈΠ³ΠΈ ΠΎΠ½Π»Π°ΠΉΠ½ Π½Π° Bookidrom.ru! БСсплатныС ΠΊΠ½ΠΈΠ³ΠΈ Π² ΠΎΠ΄Π½ΠΎΠΌ ΠΊΠ»ΠΈΠΊΠ΅

Π§ΠΈΡ‚Π°Ρ‚ΡŒ ΠΎΠ½Π»Π°ΠΉΠ½ «Готская Испания». Π‘Ρ‚Ρ€Π°Π½ΠΈΡ†Π° 50

Автор А ΠšΠΎΡ€ΡΡƒΠ½ΡΠΊΠΈΠΉ

Π’ готской Испании Π½Π΅ слоТилась ΠΏΠΎΠ»Π½ΠΎΡΡ‚ΡŒΡŽ иСрархичСская структура Ρ„Π΅ΠΎΠ΄Π°Π»ΡŒΠ½ΠΎΠΉ зСмСльной собствСнности. Условный Ρ…Π°Ρ€Π°ΠΊΡ‚Π΅Ρ€ зСмлСвладСния Π½Π°Ρ…ΠΎΠ΄ΠΈΠ» своС Π²Ρ‹Ρ€Π°ΠΆΠ΅Π½ΠΈΠ΅ Π³Π»Π°Π²Π½Ρ‹ΠΌ ΠΎΠ±Ρ€Π°Π·ΠΎΠΌ Π² ΠΎΡ‚Π½ΠΎΡˆΠ΅Π½ΠΈΡΡ… ΠΌΠ΅ΠΆΠ΄Ρƒ свСтскими ΠΌΠ°Π³Π½Π°Ρ‚Π°ΠΌΠΈ ΠΈ Ρ†Π΅Ρ€ΠΊΠΎΠ²ΡŒΡŽ, с ΠΎΠ΄Π½ΠΎΠΉ стороны, ΠΈΡ… Π΄Ρ€ΡƒΠΆΠΈΠ½Π½ΠΈΠΊΠ°ΠΌΠΈ ΠΈ Π΄Ρ€ΡƒΠ³ΠΈΠΌΠΈ свободными людьми, Π½Π΅ΠΊΡ€Π΅ΡΡ‚ΡŒΡΠ½Π°ΠΌΠΈ, ΠΏΠΎΠ»ΡƒΡ‡Π°Π²ΡˆΠΈΠΌΠΈ ΠΎΡ‚ Π½ΠΈΡ… Π²ΠΎ Π²Π»Π°Π΄Π΅Π½ΠΈΠ΅ Π·Π΅ΠΌΠ»ΠΈ, - с Π΄Ρ€ΡƒΠ³ΠΎΠΉ. ΠšΠΎΡ€ΠΎΠ»ΡΠΌ ΠΆΠ΅, ΠΊΠΎΡ‚ΠΎΡ€Ρ‹Π΅ ΡΡ‚Ρ€Π΅ΠΌΠΈΠ»ΠΈΡΡŒ ΡΠ΄Π΅Π»Π°Ρ‚ΡŒ свои поТалования слуТилой Π·Π½Π°Ρ‚ΠΈ ΠΈ Ρ†Π΅Ρ€ΠΊΠ²Π°ΠΌ условными, Π½Π΅ ΡƒΠ΄Π°Π»ΠΎΡΡŒ Π΄ΠΎ ΠΊΠΎΠ½Ρ†Π° ΠΏΡ€Π΅ΠΎΠ΄ΠΎΠ»Π΅Ρ‚ΡŒ сопротивлСниС свСтских ΠΈ Π΄ΡƒΡ…ΠΎΠ²Π½Ρ‹Ρ… ΠΌΠ°Π³Π½Π°Ρ‚ΠΎΠ².

ΠžΡΠΎΠ±Π΅Π½Π½ΠΎΡΡ‚ΡŒΡŽ ВСстготского государства Π±Ρ‹Π»Π° Π·Π½Π°Ρ‡ΠΈΡ‚Π΅Π»ΡŒΠ½Π°Ρ ΠΏΠΎ ΡΡ€Π°Π²Π½Π΅Π½ΠΈΡŽ с Π½Π΅ΠΊΠΎΡ‚ΠΎΡ€Ρ‹ΠΌΠΈ Π΄Ρ€ΡƒΠ³ΠΈΠΌΠΈ Ρ€Π°Π½Π½Π΅Ρ„Π΅ΠΎΠ΄Π°Π»ΡŒΠ½Ρ‹ΠΌΠΈ королСвствами цСнтрализация. ГСнСтичСски ΠΎΠ½Π° Π±Ρ‹Π»Π° связана с сохранСниСм Π·Π½Π°Ρ‡ΠΈΡ‚Π΅Π»ΡŒΠ½Ρ‹Ρ… элСмСнтов Ρ‚ΠΎΠ²Π°Ρ€Π½ΠΎ-Π΄Π΅Π½Π΅ΠΆΠ½Ρ‹Ρ… ΠΎΡ‚Π½ΠΎΡˆΠ΅Π½ΠΈΠΉ, Ρ‚ΠΎΡ€Π³ΠΎΠ²Π»ΠΈ ΠΈ Π³ΠΎΡ€ΠΎΠ΄ΠΎΠ², Π° Ρ€Π°Π²Π½ΠΎ ΠΈ с Π½Π΅ΠΎΠ±Ρ…ΠΎΠ΄ΠΈΠΌΠΎΡΡ‚ΡŒΡŽ обСспСчСния господства Π³ΠΎΡ‚ΠΎΠ² Π½Π°Π΄ Π·Π°Π²ΠΎΠ΅Π²Π°Π½Π½ΠΎΠΉ Ρ‚Π΅Ρ€Ρ€ΠΈΡ‚ΠΎΡ€ΠΈΠ΅ΠΉ, ΠΏΠΎΡΠΊΠΎΠ»ΡŒΠΊΡƒ ΠΎΠ½ΠΈ составляли Π½Π΅Π·Π½Π°Ρ‡ΠΈΡ‚Π΅Π»ΡŒΠ½ΠΎΠ΅ ΠΌΠ΅Π½ΡŒΡˆΠΈΠ½ΡΡ‚Π²ΠΎ насСлСния полуострова.

По ΠΌΠ΅Ρ€Π΅ развития Ρ„Π΅ΠΎΠ΄Π°Π»ΠΈΠ·Π°Ρ†ΠΈΠΎΠ½Π½ΠΎΠ³ΠΎ процСсса росла частная Π²Π»Π°ΡΡ‚ΡŒ свСтских ΠΈ Ρ†Π΅Ρ€ΠΊΠΎΠ²Π½Ρ‹Ρ… ΠΌΠ°Π³Π½Π°Ρ‚ΠΎΠ². Но, Π² ΠΎΡ‚Π»ΠΈΡ‡ΠΈΠ΅ ΠΎΡ‚ каролингской ΠΌΠΎΠ½Π°Ρ€Ρ…ΠΈΠΈ, ВСстготскоС государство Π½Π΅ санкционировало эту Π²Π»Π°ΡΡ‚ΡŒ ΡŽΡ€ΠΈΠ΄ΠΈΡ‡Π΅ΡΠΊΠΈ. Π’ готской Испании Π½Π΅ Π±Ρ‹Π»ΠΎ ΠΈΠΌΠΌΡƒΠ½ΠΈΡ‚Π΅Ρ‚ΠΎΠ².

Π’ ΠΎΠ±Ρ‰Π΅ΠΌ ΠΆΠ΅, нСсмотря Π½Π° своСобразиС историчСского процСсса Π² готской Испании, ΠΎΠ½Π° шла ΠΏΠΎ Ρ‚ΠΎΠΌΡƒ ΠΆΠ΅ Ρ„Π΅ΠΎΠ΄Π°Π»ΡŒΠ½ΠΎΠΌΡƒ ΠΏΡƒΡ‚ΠΈ развития, ΠΊΠ°ΠΊ ΠΈ Π΄Ρ€ΡƒΠ³ΠΈΠ΅ страны Π—Π°ΠΏΠ°Π΄Π½ΠΎΠΉ Π•Π²Ρ€ΠΎΠΏΡ‹. И ΡΠ²ΠΈΠ΄Π΅Ρ‚Π΅Π»ΡŒΡΡ‚Π²ΠΎΠΌ прогрСссивности этого испано-готского синтСза ΠΌΠΎΠΆΠ΅Ρ‚ ΡΠ»ΡƒΠΆΠΈΡ‚ΡŒ Ρ‚ΠΎΡ‚ Ρ„Π°ΠΊΡ‚, Ρ‡Ρ‚ΠΎ христианскиС государства сСвСрной Испании, ΡΠΎΡ†ΠΈΠ°Π»ΡŒΠ½Ρ‹ΠΉ ΠΈ политичСский строй ΠΊΠΎΡ‚ΠΎΡ€Ρ‹Ρ… Π±Ρ‹Π» нСпосрСдствСнным ΠΏΡ€ΠΎΠ΄ΠΎΠ»ΠΆΠ΅Π½ΠΈΠ΅ΠΌ строя ВСстготского королСвства, послуТили основой для Ρ„Π΅ΠΎΠ΄Π°Π»ΡŒΠ½ΠΎΠ³ΠΎ развития Испании Π² ΠΏΠ΅Ρ€ΠΈΠΎΠ΄ рСконкисты. <302>

RESUMEN

Introduccion

En la literatura historica extranjera esta difundido el punto de vista de que la Espana Visigoda era la continuacion directa de la Espana Romana. La conquista barbara no condujo a transformaciones basicas ni en el orden economico, ni en el politico. Los historiadores que senalan la aparicion en el reino visigodo de las instituciones prefeudales del beneficio y del vasallaje, las consideran aisladamente, desligadas de los factores principales del desarrollo social, es decir, de los cambios en las relaciones economicas.

En esta obra se hace la tentativa de estudiar las tendencias fundamentales del desarrollo historico de Espana en los siglos V, VI y VII.

Cap. 1. El establecimiento de los barbaros

en Espana en el siglo V.

Las regiones donde se asentaban en masa los visigodos y suevos ocupaban solo una parte pequena del territorio de la peninsula. No obstante, la conquista de Espana por los barbaros, su establecimiento en ella tuvo consecuencias importantes. Fue realizada la expropriacion parcial de propietarios agrarios hispano-romanos, un buen numero de villas, aldeas y ciudades fue destruido, el sistema administrativo resulto desorganizado considerablemente, y los vinculos economicos, que tenian entonces importancia para las villas romanas fueron perturbados. La importancia de las relaciones esclavistas en la economia disminuyo (aunque continuaba siendo considerable <303> todavia), aumento la capa de pequenos propietarios agrarios, reaparecio la comunidad agraria alli, donde ya habia desaparecido antes del establecimiento de los barbaros. Al mismo tiempo, el establecimiento de los godos (quizas en algunos casos tambien el establecimiento de los suevos) mezclados con propietarios hispano-romanos, contribuyo a la disolucion rapida del regimen gentilicio de los germanos y al crecimiento de la diferenciacion social entre ellos.

Cap. II. El regimen agrario. Restos de la comunidad agraria. El

surgimiento de la propiedad del tipo alodial

La tecnica de la produccion agricola en la Espana goda se simplifico algo y aumento la importancia de la ganaderia extensiva. Pero al mismo tiempo se extendio el area de la tierra cultivada. La cantidad de agricultores libres, que poseian medios de produccion, aumento. Pero no tuvieron lugar cambios fundamentales en el nivel de las fuerzas productivas en la agricultura espanola. En las regiones donde los germanos se establecieron en masa, se propago la comunidad agraria. Entre la poblacion del pais predominaba la aldea de tipo romano.

Las tierras arables se alternaban con las vinas y huertas en las posesiones de los propietarios hispano-romanos (y mas tarde de los godos). No solo las tierras arables, sino tambien los prados y bosques, eran propiedad privada. Pero para la aldea visigoda son caracteristicos determinados rasgos como el uso conjunto de tierras indivisas y el enclavamiento de parcelas en las de otro propietario. Evidentemente tuvo lugar un entrelazamiento de los regimenes agrarios tarderomano y germano.

Los godos y los campesinos del pais estaban ligados mutuamente por las relaciones economicas. Estas aceleraron la descomposicion de la comunidad agraria de los germanos.

Ya en el siglo V entre los visigodos aparece la familia individual, que gradualmente desplaza a la familia grande (que comprendia tres generaciones y mas) en calidad de unidad economica fundamental. La afirmacion de la familia individual estaba estrechamente ligada con la formacion de la propiedad agraria de tipo alodial. En el siglo VI se extiende la practica de la alienacion de la tierra. <304> Pero en el siglo VII aun se mantienen algunas restricciones a la libertad de legar y alienar los bienes, que defienden los derechos de los parientes a la propiedad familiar.

Cap. III. La transformacion de los agricultores libres

en campesinos dependientes

El contigente mas importante para la formacion de la clase del campesinado dependiente lo constituyeron los agricultores libres del pais. La expropiacion parcial de los posesores hispano-romanos causo un dano considerable a la economia del campesinado hispano-romano. La inestabilidad economica de los pequenos propietarios agrarios, las violencias por parte de la nobleza y de los grandes terratenientes producian tambien un efecto destructivo para la capa del campesinado libre.

Los agricultores libres se convertian en campesinos dependientes a consecuencia de la perdida de la tierra propia y del ingreso en patrocinio. Asi se convertian en precaristas y a veces en siervos. Una parte de los godos libres tambien se arruinaba y se convertia en campesinos dependientes dotados con tierras en las posesiones ajenas. Surge la desigualdad juridica entre los godos. Aparece la capa superior los "honestiores" o "maiores" y la capa infima - "humiliores" o "inferiores". La iglesia desempena un papel importante en el proceso de la transformacion de los pequenos propietarios en agricultores dependientes.

En el siglo VII el proceso de la decadencia del campesinado libre se acelera. La posesion grande se implanta en la aldea libre. Se profundiza la diferenciacion entre los hombres libres en los derechos civicos y politicos. El estado de los "inferiores" en este periodo se empeora. Pero la capa de los pequenos propietarios se conserva hasta el fin de la existencia del reino visigodo. El "precarium" se extiende y se convierte en una posesion mas firme y duradera que en el Imperio Romano. La "commendatio" desempena un papel importante en el establecimiento de la dependencia personal de los hombres libres. Los patrocinados se encontraban bajo la sujecion de sus patronos y bajo la dependencia personal de ellos. <305>

Cap. IV. Los siervos, libertinos y colonos. Modificaciones

en su situacion en los siglos V, VI y VII

Los siervos y los libertinos desempenaban un papel importante en la formacion de la clase del campesinado dependiente. Las fuentes juridicas no contienen datos sobre las modificaciones del status de ellos en los siglos V y VI. No se les consideraba personas capaces. Al siervo le consideraban un objeto. Su "peculium" era una propiedad de su dueno. El trabajo de los siervos se aplicaba ampliamente en las economias de los propietarios agrarios laicos, de la corona y de la iglesia. Se puede admitir que los siervos y los libertinos constituian la capa fundamental de los productores directos, que era explotada por los propietarios agrarios, grandes y medianos.

En el siglo VII ya se manifiestan modificaciones esenciales en la situacion de los siervos. Aparecen los rasgos de su independencia economica. Se admite su derecho de concluir convenios comerciales y vender los bienes moviles de su peculio, incluyendo el ganado, sin la aprobacion de su dueno. Ellos obtienen la posibilidad de testimoniar en los juicios y pleitear con hombres libres. Se consolidan sus relaciones familiares . A fines del siglo VII se emitio una disposicion segun la cual fue dispuesto que una parte determinada de los siervos de cada senor debia tomar parte en las campanas militares.

Asi pues, aunque los siervos de la Espana Goda en el aspecto juridico continuaban siendo esclavos, practicamente su condicion iba aproximandose poco a poco a la condicion de los futuros campesinos de servidumbre. El desarrollo de la liberacion de los siervos era un testimonio del proceso de la declinacion de la esclavitud antigua y patriarcal.

La mayor parte de los libertinos continuaba estando en dependencia hereditaria de sus antiguos duenos y de sus descendientes. Habitualmente los libertinos eran dotados con tierras en las posesiones de propietarios agrarios laicos, de la corona y la iglesia. Su derecho a disponer libremente de sus bienes era limitado. Ellos estaban privados de la libertad de movimiento. El statuto de los libertinos tenia un caracter dual: de un lado ellos eran considerados gente libre. De otro lado los libertinos estaban limitados en su derecho de testimoniar, no podian casarse con la <306> gente libre de nacimiento, eran sometidos a castigos especiales en caso de violar las leyes. El "wergeld" de los libertinos era dos veces inferior al de los hombres libres.

En cierta medida los colonos eran tambien una fuente para la formacion del campesinado dependiente. Pero en el reino visigodo no se nota el crecimiento de esta capa. Evidentemente los colonos jugaban en la Espana Visigoda un papel menos importante que en el reino de los francos. La peculiaridad del proceso de la formacion de la clase campesina dependiente en Espana consiste en que esta aumento, no tanto a cuenta de los agricultores germanos aruinados, como de los agricultores hispano-romanos, de los pequenos propietarios precaristas, libertinos, colonos y siervos.

Cap. V. El nacimiento de la gran propiedad agraria

feudal

El nacimiento de la propiedad agraria feudal transcurria sobre la base de la "villa" grande romana de un lado, y de la posesion, que crecia como resultado de la descomposicion de la comunidad agraria germana, de otro lado. Los "senatores" del pais y la iglesia catolica despues del establacimiento de los barbaros se mantuvieron como grandes propietarios agrarios. En la vida politica la nobleza hispano-romana perdio su condicion dominante. Entre la aristocracia hispano-romana por un lado, y la nobleza goda y el poder real por otro lado, existian contradicciones. Verdad es, que el derecho oficial desde el principio afirmo la propiedad de los bienes de los posesores del pais y defendio -la vida y seguridad de todos los hombres libres. La nobleza hispano-romana ejercio considerable in fluencia en la gobernacion local. La iglesia catolica continuaba siendo una fuerza politica grande, y gozaba de gran influencia en las comunidades urbanas. Entre los germanos los representantes de la gran propiedad agraria eran la nobleza goda, los reyes godos y la iglesia arriana. Al convertirse el catolicismo en religion estatal, los bienes de la iglesia arriana fueron transferidos a la iglesia catolica.

La descomposicion de la comunidad agraria y el surgimiento de la propiedad de tipo alodial intensificaron el <307> crecimiento de la gran propiedad agraria en los siglos VI y VII. En algunos casos la gran propiedad coincidia en su territorio con la aldea, a veces las posesiones de los magnates y de la iglesia estaban dispersadas por varias aldeas y poblaciones.

En algunas posesiones la produccion estaba predestinada para el mercado, aunque, en general, en el pais predominaban las relaciones de la economia natural.

La "villa" adquirio un caracter nuevo en comparacion con la epoca romana. La base de la produccion en las grandes posesiones era la hacienda campesina. La particularidad de estas posesiones consistia en la existencia de las supervivencias del sistema de la economia esclavista. Entre los agricultores de estas posesiones preponderaban los siervos y libertinos, que practicamente ya se habian transformado en campesinos de la servidumbre. Para cultivar la reserva senorial se utilizaba principalmente a los siervos domesticos.

Si para el reino franco lo mas tipico era la formacion de las grandes posesiones feudales por medio de la absorcion de la pequena propiedad agraria, para el estado visigodo era especialmente caracteristico el surgimiento de las mismas como resultado de la transformacion de la naturaleza interna de la villa grande romana. Esta transformacion se expresaba en la alteracion del caracter de la explotacion de los siervos, en la conversion de los siervos y libertinos en campesinos dependientes, y tambien en la disminucion del nexo de las grandes posesiones con el mercado.

El desarrollo de la gran propiedad agraria en la Espana Goda se manifesto tambien en el ahondamiento de la diferenciacion social. En el siglo VII la capa de los grandes propietarios agrarios disfrutaba de privilegios en comparacion no solo con la capa de "inferiores", sino con todos los otros hombres libres.

Cap. VI. El surgimiento del sistema beneficia! y de la

jerarquia feudal. La feudalizacion de la iglesia

En la Espana Goda surge el sistema beneficial. Es verdad que no se formo enteramente. Hasta el fin de la existencia del estado visigodo continua la lucha entrelos reyes, <308> que trataban de otorgar las tierras a los fieles en concesiones temporales, y los magnates, que consideraban estas posesiones como su propiedad. Sin embargo tales concesiones temporales de tierras se establecieron en las relaciones entre los magnates y la iglesia por un lado y las personas que estaban en patrocinio, por otro lado. Tambien esta ligado al proceso del desarrollo de las relaciones feudales el crecimiento del poder privado de los grandes propietarios agrarios. Ellos adquieren un poder coercitivo respecto a los hombres libres, los conducen a la guerra y recaudan los impuestos. Pero en el reino visigodo no se constituyeron las inmunidades. Un reflejo del proceso del desarrollo de las relaciones feudales lo constituyen algunos rasgos de la vida eclesiastica tales como la distribucion por las iglesia de una parte de sus tierras a los laicos que estaban bajo su patrocinio, las tentativas de los obispos y abades de usar las posesiones eclesiasticas como propias, el crecimiento de las iglesias privadas y la lucha por sus bienes entre los obispos y magnates laicos.